Los padres en El Paso piden cambiar el nombre de un hijo por razones prácticas y de corazón: darle al niño el apellido del padrastro o madrastra que lo está criando, corregir un error del hospital en el acta de nacimiento, unir con guion los apellidos de ambos padres, o quitar el apellido de un padre que lleva años ausente. El nombre de un menor afecta los registros escolares, expedientes médicos, el Seguro Social y, para muchas familias fronterizas, tanto un acta estadounidense como una mexicana. Una orden de una corte familiar de distrito del Condado de El Paso es lo único que permite que todas esas agencias actualicen el nombre del niño de forma consistente.
Los cambios de nombre de menores se rigen por el Capítulo 45, Subcapítulo A del Código de Familia de Texas (secciones 45.001 a 45.005). La petición puede presentarla un padre, un conservador administrador (managing conservator) o un tutor en el condado donde vive el menor. La sección 45.002 exige que cada padre cuyos derechos no hayan sido terminados, y cualquier conservador o tutor, firme un consentimiento por escrito o sea notificado formalmente (citation) para que pueda oponerse. Un niño de 10 años o más también debe consentir por escrito. Bajo la sección 45.004, el juez solo puede conceder el cambio si es en el mejor interés del menor, por eso la petición debe explicar las razones de la familia con claridad y verdad.
Robert Navar prepara la petición jurada, los consentimientos de los padres y del menor, y la orden propuesta, y los presenta con el District Clerk del Condado de El Paso. Cuando el otro padre no quiere firmar, organizamos la notificación formal o, si no se le puede localizar después de una búsqueda diligente, la notificación por publicación, para que el caso siga adelante. La audiencia de prueba es corta y normalmente por Zoom; el padre solicitante responde unas preguntas y el juez firma. Los padres que lo intentan solos suelen atorarse en la notificación o en un consentimiento que el clerk rechaza. Una tarifa fija cubre el caso completo, y este servicio se combina naturalmente con una adopción por padrastro cuando la familia quiere un vínculo legal completo.
Cuando el otro padre no quiere firmar
Texas no permite que un solo padre cambie el nombre de un hijo a escondidas. Un padre que se niega a consentir debe ser notificado formalmente con la petición y tener oportunidad de comparecer. Si ese padre no responde, la corte del Condado de El Paso todavía puede conceder el cambio tras una audiencia sobre el mejor interés del menor. Si el padre se opone, el caso se vuelve disputado y el juez pondera factores como la relación del niño con cada padre, cuánto tiempo ha usado cada nombre, y cualquier historial de falta de manutención o ausencia. Le decimos con honestidad antes de presentar en qué categoría cae su caso y qué evidencia ayudaría.
Actualizar el acta de nacimiento, la escuela y el Seguro Social
Después de que el juez firma, pida copias certificadas al District Clerk del Condado de El Paso. Si el menor nació en Texas, la Sección de Estadísticas Vitales de Texas expide un acta de nacimiento enmendada al presentar la solicitud con la orden. Luego hay que actualizar el Seguro Social, el distrito escolar del menor, el pediatra y cualquier pasaporte. Para niños con acta de nacimiento mexicana, el Consulado General de México en El Paso tiene su propio procedimiento y normalmente pide una copia apostillada de la orden de Texas, lo cual podemos ayudar a tramitar con nuestro servicio de notario y apostilla.
Qué incluye
- Consulta sobre elegibilidad, factores de mejor interés y la situación del otro padre
- Petición jurada de cambio de nombre de menor redactada y presentada con el District Clerk del Condado de El Paso
- Formularios de consentimiento de los padres y, para niños de 10 años o más, el consentimiento escrito del menor
- Notificación formal o por publicación a un padre que no consiente o que no se localiza
- Orden propuesta de cambio de nombre de menor lista para firma
- Audiencia de prueba programada y atendida con usted, normalmente por Zoom
- Lista para enmendar el acta de nacimiento, el Seguro Social, la escuela y el pasaporte
Cómo funciona
Consentimientos y petición
Reunimos el acta de nacimiento del menor y los datos de identificación, redactamos la petición jurada y los consentimientos de cada padre y del menor si tiene 10 años o más, y presentamos con el District Clerk del Condado de El Paso.
Notificación al otro padre
Si un padre no ha firmado el consentimiento, organizamos la notificación por un notificador (process server) o, cuando no se le encuentra tras una búsqueda diligente, la notificación por publicación aprobada por la corte, y esperamos el plazo de respuesta.
Audiencia por Zoom y orden
Fijamos una audiencia corta en una corte familiar de distrito del Condado de El Paso, normalmente por Zoom. Usted testifica brevemente por qué el cambio beneficia al menor, el juez firma, y lo guiamos con las copias certificadas y las actualizaciones.
