El Estatus de Protección Temporal permite a los nacionales de países afectados por guerra, desastres naturales u otras condiciones extraordinarias quedarse y trabajar legalmente en Estados Unidos mientras su país esté designado. En El Paso viven desde hace mucho beneficiarios de TPS de El Salvador y Honduras, y en años recientes venezolanos, haitianos y otros que llegaron por la región. El TPS no lleva por sí solo a la residencia, pero detiene la deportación, da permiso de trabajo y, con autorización de viaje, puede permitir un viaje al extranjero y una reentrada legal que abre otras puertas. Como hay que renovarlo cada vez que DHS extiende una designación, perder el plazo de registro es la forma más común de perderlo.
El TPS lo crea la sección 244 de la INA. El Secretario de Seguridad Nacional designa a un país mediante aviso en el Registro Federal, fija las fechas desde las cuales el solicitante debe haber residido continuamente y estar físicamente presente en Estados Unidos, y anuncia periodos de registro y reinscripción, normalmente de 60 días o más. Se solicita con el Formulario I-821, generalmente junto con el Formulario I-765 para el permiso de trabajo, y hay que demostrar identidad, nacionalidad, residencia continua y admisibilidad; ciertos delitos y dos o más delitos menores impiden el TPS. DHS extiende, redesigna o termina las designaciones, y varias decisiones recientes se han impugnado en cortes federales. Verificamos el estatus exacto de su país y las fechas límite vigentes antes de presentar, porque cambian con poco aviso.
La solicitud de TPS la decide USCIS, no una corte. Después de presentar, acude a una cita de huellas en el centro de apoyo de El Paso; las entrevistas son raras. Si ya está en proceso de deportación, todavía se puede pedir el TPS, pero la estrategia es distinta, así que díganoslo en la primera llamada. El riesgo de presentar solo es real: una fecha de residencia equivocada, un documento de nacionalidad faltante, un registro inicial tardío sin la explicación requerida o un arresto sin declarar pueden causar una negación que además termina su autorización de empleo. Nuestra tarifa fija cubre el paquete completo del I-821 y el I-765, la evidencia y el seguimiento hasta que lleguen su aprobación y su tarjeta.
Registro inicial, reinscripción y solicitudes tardías
El registro inicial de TPS requiere comprobar que estaba en Estados Unidos desde la fecha de residencia continua de la designación, con contratos de renta, talones de pago, registros escolares y médicos y recibos de envíos de dinero. La reinscripción para quienes ya tienen TPS es más sencilla, pero debe presentarse dentro de cada plazo anunciado, y USCIS la exige aunque haya extendido automáticamente los permisos de trabajo existentes. Quien perdió el plazo inicial todavía puede calificar para un registro inicial tardío si tuvo una condición que califica, como ser cónyuge o hijo de una persona elegible para TPS o haber tenido otro estatus legal, durante ese periodo.
Viajes, permiso adelantado y a qué puede llevar el TPS
Los beneficiarios de TPS que necesiten viajar al extranjero deben obtener primero la autorización de viaje de TPS de USCIS con el Formulario I-131; salir sin ella puede terminar su estatus. Regresar con esa autorización se considera una inspección y admisión, lo que bajo la política actual de USCIS puede hacer que algunos beneficiarios de TPS sean elegibles para ajustar estatus a través de un esposo, padre o hijo ciudadano sin salir del país. Revisamos esa posibilidad con cada cliente de TPS en El Paso, porque para muchas familias es el camino de un estatus temporal a uno permanente.
Qué incluye
- Verificación de la designación vigente de su país, fechas y plazo de registro
- Preparación del Formulario I-821 (inicial o reinscripción) y del Formulario I-765 para el permiso de trabajo
- Organización de las pruebas de identidad, nacionalidad, residencia continua y presencia física
- Solicitud de exención de cuota (Formulario I-912) si sus ingresos califican
- Registros certificados de la corte y explicación legal de cualquier arresto o condena
- Presentación ante USCIS, orientación para las huellas en el centro de apoyo de El Paso y seguimiento del caso
- Revisión de si podría calificar para la residencia u otro estatus permanente
Cómo funciona
Revisión de designación y elegibilidad
Confirmamos que su país esté designado actualmente, las fechas de residencia y presencia que debe cumplir y el plazo que le aplica. Revisamos cualquier antecedente penal y le cotizamos una tarifa fija en esta primera reunión.
Evidencia y presentación
Reunimos su pasaporte o documentos de nacionalidad, pruebas de residencia en Estados Unidos, fotos y cualquier registro de la corte, preparamos el I-821 y el I-765, y presentamos ante USCIS antes de que cierre el plazo. Recibe copias y números de recibo.
Huellas, aprobación y siguientes pasos
Usted acude a las huellas en El Paso; nosotros atendemos cualquier solicitud de evidencia y seguimos el caso hasta la aprobación. Una vez aprobado, agendamos el siguiente periodo de reinscripción y platicamos si conviene una autorización de viaje o una petición familiar.
